Muchos autores no lo tienen claro, pero, una vez terminada tu obra, si tu intención es mandarla a editoriales, el primer paso de todos es registrarla.
Mandar un manuscrito para su valoración implica que el contenido del mismo puede ser más vulnerable, puesto que estará en circulación. Por eso es primordial que, incluso antes de mandarla amigos y conocidos, se inscriba en el registro de la propiedad intelectual de tu ciudad.
No es un trámite difícil ni caro, y es lo primero que se debe de realizar para garantizar la autoría de las obras. De esta manera te aseguras que el libro está bajo tu nombre en un registro de autoría legal.
Ya que puedes demostrar que la obra te pertenece, es el momento de elegir qué tipo de edición te interesa. Ten cuidado, porque hay casos en los que los derechos de autor varían mucho en cantidad, y hay contratos de edición que se quedan con los derechos de explotación de las obras durante bastantes años, impidiendo que los autores tengan poder de acción y decisión sobre sus obras y los beneficios de estas.
Es importante remarcar que la autoedición no se queda con los derechos de explotación de una obra, lo que significa que estos pertenecen siempre a sus autores. El contenido de la obra siempre es del escritor y, por tanto, los beneficios de las ventas.
La edición tradicional puede acogerse a los derechos de explotación entre dos, cinco, diez años…. Además de que los autores solo reciben entre el 5, 7 o 10% (en el mejor de los casos) de beneficio sobre el precio de venta. Y la coedición a veces también esconde términos no muy claros en cuanto a las condiciones de publicación, por eso, es muy importante conocer en todo momento cómo afecta la publicación a los derechos de tu obra, para que tengas en todo momento poder de decisión sobre la misma.
Antes de firmar tu primera oferta editorial, tienes que leer el contrato de edición al pie de la letra, y preguntar todos aquellos conceptos que no entiendas con claridad. Así mismo, valorar lo que más te interesa en cada caso: tener siempre los derechos de explotación de tu obra, o que estos estén vinculados a la decisión de terceros durante, al menos, cinco años.